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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0369/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0369/2007-R

    Fecha: 09-May-2007

    II.9.

    II.9.    A través del certificado de 2 de febrero de 2007, expedido por el médico gíneco-obstetra del Seguro Social Universitario, se evidencia que María del Carmen Arnez Camacho, representada de la recurrente, se sometió a control prenatal periódico, encontrándose el 27 de diciembre de 2006 con 24 semanas de gestación, estando previsto el parto para el 5 de mayo de 2007 (fs. 42 a 43).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • IMPROCEDENTE
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • por lo mismo no puede ser afectada en su nivel salarial ni su condición en su puesto de trabajo
    • , en el otro ámbito se da cuando existiendo la relación laboral firme en el que de por medio no existe un despido o ruptura de la relación laboral, el empleador no afecte las condiciones laborales de la mujer trabajadora embarazada, ya sea por causa de reducción de sus haberes o manteniendo o agravando las tareas que regularmente desempeñe la empleada o funcionaria en perjuicio evidente a su salud y seguridad física, moral o psíquica

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