SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0487/2007-R
Fecha: 13-Jun-2007
1), 2) y 4)
Ahora bien, la parte recurrente manifiesta su disconformidad con el entendimiento establecido con la labor interpretativa realizada, así como las conclusiones a las que se arribaron después de efectuar dicha interpretación. Empero, la ahora recurrente al margen de expresar su disconformidad con la interpretación y aplicación de las normas de la legislación ordinaria realizadas por las autoridades recurridas, y de mencionar los tipos de interpretación que no se habrían tomado en cuenta, no han expuesto con precisión la relación de causalidad entre la interpretación y aplicación de las normas legales en que basan su demanda; por una parte, y por otra, tampoco refieren la forma o sentido en que debieron ser aplicados los principios o criterios interpretativos, limitándose a efectuar una relación de los hechos, a expresar su propia conclusión respecto a la actuación de los recurridos, a señalar las formas de interpretación que no se habrían seguido, pero -se reitera- ello no es suficiente para que este Tribunal pueda contar con los elementos necesarios que le permitan ingresar a revisar la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria, de manera que, por tal motivo, este recurso es improcedente en relación a los aspectos sintetizados en los incs. 1), 2) y 4) del primer párrafo de los presentes Fundamentos Jurídicos. Por consiguiente, queda claro, que la recurrente no cumplió con las condiciones esenciales para que la jurisdicción constitucional pueda proceder a la verificación de la interpretación desarrollada por las autoridades recurridas y consiguiente aplicación de las normas legales de la legislación ordinaria, por cuanto no han identificado los cánones de interpretación que hubiesen sido desconocidos para que sobre esa base esta jurisdicción constitucional pueda realizar la contrastación y consiguiente verificación y no han precisado de qué manera esa interpretación ha vulnerado sus derechos y garantías.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1. Sobre la supuesta existencia de identidad de sujetos, objeto y causa con el anterior recurso de amparo constitucional planteado por la recurrente
- interpretación de la ley o la indebida aplicación de ella,
- SC 0718/2005-R
- SC 0085/2006-R
- III.3. El caso analizado
- y por qué motivos considera que fueron lesionados, explicando de qué manera se habría producido la lesión a sus derechos con la interpretación o aplicación equivocada redisposiciones legales;
- 1), 2) y 4)
- III.4. En cuanto a la incompetencia en razón de la materia
- SC 0770/2006-R
- declarando `admisible e improcedente` el recurso de apelación, con el argumento de que con la documentación aportada se demostró la existencia de incompetencia del Juez en materia penal,
- Fragmento 22
- III.5. En cuanto a la fundamentación del Auto de Vista 440 de 28 de diciembre de 2004
- APRUEBA