SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2007-R

Fecha: 28-Jun-2007

II.9.

II.9. En cumplimiento de la SC 1243/2005-R, el Plenario del Consejo de la Judicatura mediante Auto 353/2005 de 23 de noviembre, dispuso poner en conocimiento del consejero Guido Chávez Méndez la demanda incidental de recusación planteada por Luis Artemio Lucca Suárez, para que en setenta y dos horas tome decisión sobre su aceptación o la deniegue. En caso de denegatoria se servirá elevar informe explicativo de las razones por las que no acepta la recusación y acompañará los elementos de prueba que correspondan; suspendiéndose el término para la emisión de la nueva resolución que reemplazará la Resolución 282/04 (fs. 437 a 438);  a cuya consecuencia, el Consejero recusado elevó informe rechazando el incidente de recusación por ser manifiestamente improcedente y no se allanó al mismo, solicitando al Plenario el rechazo de la recusación (fs. 439 a 440); mereciendo la Resolución de 5 de mayo de 2006, por la que el Plenario del Consejo de la Judicatura rechazó el incidente de recusación interpuesto por Luis Artemio Lucca Suárez contra el Consejero Guido Chávez Méndez, por ser manifiestamente improcedente y haber sido presentado en forma extemporánea (fs. 451 a 453), con la disidencia del Consejero Rodolfo Mérida Rendón (fs. 454).