SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2007-R

Fecha: 28-Jun-2007

ha sido superado

            Consiguientemente, se constata que el acto ilegal demandado, cual es la negativa de declarar la rebeldía de los imputados y librar los mandamientos de aprehensión, que tenía como objetivo inmediato lograr la presencia de los imputados en la celebración de la audiencia para la consideración de la objeción de la querella planteada por los imputados ha sido superado con la celebración de la audiencia de 9 de junio de 2006, en la que participaron tanto los querellantes como los querellados, y en la que se resolvió la objeción de la querella; es más, se constata que los ahora recurrentes, por memorial de 12 de junio de 2006, corrigieron, aclararon y ratificaron la querella presentada, cumpliendo la Resolución 443/2006, pronunciada por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Marco Chambi Mejía.

De lo que se concluye que, en el caso analizado, ha desaparecido la causa y el objeto en que se fundó el recurso; toda vez que, como se tiene dicho en el Fundamento Jurídico III.1. el objetivo inmediato de la declaratoria de rebeldía y del mandamiento de aprehensión, es que el imputado cumpla con el acto judicial para el cual fue citado, lo que en el caso analizado ha sucedido.  En consecuencia, es de aplicación la causal de improcedencia contenida en el art. 96.2 de la LTC, relativa a la cesación de los efectos del acto reclamado.