SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2007-R

Fecha: 28-Jun-2007

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado de los recurrentes ratificó los fundamentos del recurso, citando jurisprudencia constitucional respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria y a la garantía del debido proceso, añadiendo que la Resolución dictada por el Juez no ha sido subsanada, conforme lo establece el art. 168 del CPP.

Con la réplica señaló que de acuerdo al Código de Procedimiento Penal y a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, se considera imputado desde el primer acto del proceso.  Que existe una diferencia entre la detención preventiva con el mandamiento de aprehensión por incumplir lo dispuesto por una autoridad jurisdiccional.