SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2007-R

Fecha: 28-Jun-2007

tienen como objetivo inmediato lograr la comparecencia del imputado a fin de que la investigación o el proceso penal continúe con su tramitación

Conforme a esa norma, y a lo señalado en el primer párrafo, la declaratoria de rebeldía y la expedición del mandamiento de aprehensión, cuando se basa en el art. 87 inc. 1 del CPP, tienen como objetivo inmediato lograr la comparecencia del imputado a fin de que la investigación o el proceso penal continúe con su tramitación.

Ahora bien, en el presente caso, de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia que los imputados no asistieron a la audiencia de 25 de mayo de 2006, en la que debía ser considera la objeción a la querella presentada por ellos, por lo que los querellantes solicitaron se declare la rebeldía de los imputados y se expida el correspondiente mandamiento de ley. Ante esa solicitud, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, Germán López Moya, ahora recurrido, actuando en suplencia, pronunció la providencia de la misma fecha por la cual se rechazó el pedido de los querellantes.