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    AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2007-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2007-RCA

    Fecha: 16-Jul-2007

    2º      Llamar la atención

    2º      Llamar la atención a los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por incumplir los entendimientos asumidos por este Tribunal, en las Sentencias y Autos Constitucionales, los mismos que son vinculante y de aplicación obligatoria por determinación de los arts. 4 y 44 de la LTC, para autoridades pública, jueces y tribunales en general.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2. Trámite de la causa y Resolución
    • rechazó in límine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • II.2.
    • la excusa formulada por el Juez de amparo o por los miembros del Tribunal de amparo
    • c)
    • principio de economía procesal
    • II.3.  Análisis de los fundamentos del Tribunal de amparo para declarar el “rechazo in límine”
    • el juez o tribunal tendrá que abocarse al análisis de los requisitos de admisibilidad”
    • I.
    • rechazarse directamente el recurso,
    • no se cumple con la cita de artículos, sino que debe explicarse de manera concisa cómo ese acto u omisión vulnera cierto derecho o garantía constitucional”
    • ser claramente precisada y delimitada por el recurrente”
    • 2º      Llamar la atención

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