AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2007-RCA

Fecha: 16-Jul-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente manifiesta que la autoridad recurrida ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y propiedad privada, ya que habiendo planteado recusación “por causal sobreviniente” contra el perito evaluador designado de oficio para efectuar el avaluó de los bienes del ejecutado, éste estaría realizando trabajos de avaluó para la entidad bancaria ejecutante; empero, el Juez de la causa efectuando una incorrecta valoración del art. 433 del CPC, rechazó la recusación con el argumento de que no existe la denominada “causal sobreviniente”,  obligando a someter los bienes del ejecutado a un avaluó efectuado por un profesional del que se duda su imparcialidad.  En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de amparo al disponer el rechazo in límine obró correctamente.