AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2007-RCA

Fecha: 16-Jul-2007

no se cumple con la cita de artículos, sino que debe explicarse de manera concisa cómo ese acto u omisión vulnera cierto derecho o garantía constitucional”

La causa referida a los hechos subsumidos en el acto u omisión indebida de autoridad, funcionario, persona o grupo de personas que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos o garantías reconocidos en la Constitución Política del Estado y las Leyes, de lo que se infiere que el efecto es la consecuencia de la causa que se traduce en la vulneración de derechos y garantías constitucionales, siendo por lo tanto imprescindible que el acto u omisión denunciada de ilegal necesariamente lesione un derecho o garantía constitucional y que esa relación sea plasmada a momento de efectuar el fundamento del recurso de amparo constitucional, primero efectuando la relación de causalidad que debe existir, toda vez que no se puede alegar la vulneración de un derecho o garantía constitucional, sin que los hechos denunciados así lo demuestren, además que el requisito de contenido referido a la precisión de derechos no se cumple con la cita de artículos, sino que debe explicarse de manera concisa cómo ese acto u omisión vulnera cierto derecho o garantía constitucional” (las negrillas y el subrayado son nuestros).