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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2007
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2007

    Fecha: 20-Ago-2007

    I.2.2.

    Por AC 166/2007-CA de 28 de marzo (fs. 325 a 328) y su ampliación mediante proveído de 18 de abril de 2007 (fs. 366), la Comisión de Admisión admitió el recurso directo de nulidad, disponiendo la citación de las autoridades recurridas, otorgándoles el plazo de cinco días para responder a la demanda, constando su legal citación (fs. 361 a 364 y 409).

    • recursos directos de nulidad
    • I.1.1.1.  Hechos que motivan el recurso
    • I.1.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.1.2.
    • I.1.3.1.
    • I.1.3.2.
    • I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 8
    • I.2.2.
    • I.2.3.1.
    • I.2.3.2.
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • Fragmento 29
    • III.4.
    • Fragmento 31

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