SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2007-R

Fecha: 07-Ago-2007

Fragmento 19

            Por último, cabe señalar que en cuanto a la presunta vulneración de la garantía del debido proceso y del derecho a la defensa, tales aspectos no corresponden ser analizados por esta jurisdicción al no estar directamente vinculados con la lesión al derechos a la libertad que se denuncia. En todo caso, de abrirse una causa penal contra el actor, los mismos deberán ser denunciados en dicha instancia a efectos de su reparación, y sólo en caso de no recibir protección podrán ser denunciados en esta jurisdicción a través del amparo constitucional, conforme lo ha establecido la SC 1865/2004-R de 1 de diciembre.