SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2007-R

Fecha: 07-Ago-2007

y en la eventualidad de que no se presentaren también atribuyen al Fiscal a disponer la aprehensión a fin de que se lleve a cabo la declaración

Asimismo, la indicada Sentencia ha determinado que: “(…) en el sentido amplio de la palabra ciudadano, convergen los sujetos procesales de imputado, testigos y otros, a los cuales es obvio que el Fiscal debe llamar a declarar conforme a las normas previstas por Ley; y en la eventualidad de que no se presentaren también atribuyen al Fiscal a disponer la aprehensión a fin de que se lleve a cabo la declaración (las negrillas son nuestras).