SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2007-R

Fecha: 07-Ago-2007

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

Sorteado el expediente el 7 de mayo de 2007, la fecha de vencimiento del plazo para pronunciar Resolución era el 5 de junio de 2007; sin embargo, por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 086/07 de 4 de junio de 2007, se amplió el plazo procesal para dictar Resolución hasta el 20 de junio del presente año (fs. 43 vta., a 44).

Al no haber obtenido el consenso necesario el proyecto presentado por el primer Magistrado Relator, mediante Acuerdo Jurisdiccional 090/07 de 14 de junio de 2007, se dispuso la realización de un segundo sorteo, siendo el nuevo término para dictar Resolución el 16 de julio del año en curso (fs. 47 a 49 vta.). Sin embargo, en la referida fecha por Acuerdo Jurisdiccional 127/07, se amplió el plazo procesal para dictar Resolución hasta el 30 de julio del presente año.