Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.1.
II.1. Por oficio GG-0216-04-2000, de 3 de abril, firmado por el Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Hospicio” Ltda. de Cochabamba, se designó a la ahora recurrente Ana Maria Quiroga Galindo en el cargo de Gerente de Créditos. El contenido del oficio refiere que: “de acuerdo a la selección efectuada por la firma internacional KMPG comunico a usted que se ha determinado designarla como Gerente de Créditos de la Cooperativa con la remuneración de acuerdo al presupuesto de la presente gestión e inicialmente con un contrato a plazo fijo por seis meses, debiendo asumir funciones a partir del día 4 de abril del año en curso…” (fs. 2).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- a)
- Fragmento 8
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con la seguridad jurídica, en cuanto ésta representa la garantía de la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico a los supuestos prácticos planteados;
- III.3.
- Fragmento 18
- concedido
- APROBAR