Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.5.
II.5. Apelada la determinación, los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, confirmaron en parte la Sentencia en lo que respecta a los seis días de sueldo de mayo de 2000 y revoca en cuanto a la indemnización por tiempo de servicios, desahucio y aguinaldo, debiendo cancelarse a la recurrente la suma de Bs.1248 (fs. 5 a 6).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- a)
- Fragmento 8
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con la seguridad jurídica, en cuanto ésta representa la garantía de la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico a los supuestos prácticos planteados;
- III.3.
- Fragmento 18
- concedido
- APROBAR