Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.4.
II.4. El 1 de marzo de 2001, el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió Sentencia declarando probada en parte la demanda, ordenándose a Walter Bonilla Bonilla en su calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Hospicio Ltda. para que dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia pague a la demandante la suma de Bs. 24 077,32.- (veinticuatro mil setenta y siete con 32/100 bolivianos) (fs. 3 a 4 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- a)
- Fragmento 8
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con la seguridad jurídica, en cuanto ésta representa la garantía de la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico a los supuestos prácticos planteados;
- III.3.
- Fragmento 18
- concedido
- APROBAR