SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0767/2007-R
Fecha: 25-Sep-2007
a)
Finalmente, la Gerencia Distrital de El Alto del SIN por medio de su representante, adjuntando el memorial que cursa de fs. 641 a 642, señaló lo que sigue: a) El informe acusatorio fue elaborado en cumplimiento de la obligación de denunciar cualquier hecho irregular establecido por norma de acuerdo al art. 12 inc 1) del Reglamento Interno del SIN; por lo que constituyendo ese un actuado que sólo presume preliminarmente, no puede ser objeto de impugnación; asimismo el referido informe acusatorio fue puesto en conducto regular a conocimiento de la autoridad sumariante del Ministerio de Hacienda en cumplimiento del art. 66 del DS 23318-A modificado por el DS 26237, instancia en la cual se procesa e inicia el proceso administrativo contra el recurrente; b) Desde la remisión a conocimiento de la autoridad sumariante del informe acusatorio en cuestión, la Administración Tributaria no conoce más actuaciones siguientes, por tanto no se constituye en parte integrante del proceso administrativo propiamente instaurado contra el ahora recurrente, por lo que no corresponde pronunciamiento alguno de su parte; c) La actuación de la Administración Tributaria se circunscribe al caso presente, en la puesta a conocimiento de hechos denunciados a las autoridades pertinentes del informe acusatorio en cuestión y en la ejecución y cumplimiento de la decisión final de la Superintendencia del Servicio Civil, a través del memorando de destitución de funciones al recurrente, ejecutada por la Gerencia Nacional de Recursos Humanos del SIN.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- según la gravedad de la falta
- Destitución
- destitución por proceso”
- III.3.
- al haberse demostrado que dicho funcionario transgredió la prohibición establecida en el inciso t) del art. 13 del Reglamento Interno
- APRUEBA