SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0767/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0767/2007-R

Fecha: 25-Sep-2007

III.1.

III.1. A fin de dilucidar, adecuadamente la problemática planteada, en principio corresponde señalar que en cuanto a las irregularidades denunciadas por el ahora recurrente que se habrían suscitado en la tramitación del proceso administrativo interno seguido en su contra, se evidencia que las mismas fueron analizadas y resueltas por la Superintendencia del Servicio Civil -ahora recurrida- como emergencia del recurso jerárquico interpuesto, que mereció la RA SSC/IRJ/096/2005 de 27 de octubre, determinando por una parte, revocar parcialmente la Resolución 10/2005 de 24 de agosto, en lo que respecta a que el recurrente hubiese contravenido los incs. e) y g) del art. 9 del Estatuto del Funcionario Público, los incs. b), c) e i) del art. 12 del Reglamento Interno del Servicio Nacional de Impuestos Internos, hoy SIN, los incs. d), k) y s) del art. 13 del citado Reglamento Interno, los incs. d) y f) del Código Tributario y el Numeral 4.11.3.2. del Instructivo actualizado para la Unidad de Cobranza Coactiva.

Por lo que, para efectos del desarrollo del presente recurso, corresponde centrar el análisis en la determinación asumida por la Superintendecia del Servicio Civil a través de la misma RA SSC/IRJ/096/2005 de 27 de octubre, que por otra parte, confirmó parcialmente la Resolución 10/2005, en cuanto a la determinación de responsabilizar administrativamente al funcionario de carrera -ahora recurrente- y aplicarle la sanción de destitución del cargo que éste desempeñaba en el Servicio de Impuestos Nacionales, al haberse demostrado que dicho funcionario transgredió la prohibición establecida en el inc. t) del art. 13 del Reglamento Interno del SIN, manteniéndose en consecuencia firme esa determinación y, por la gravedad de la falta, vigente la sanción de destitución impuesta al recurrente.