Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0767/2007-R
Fecha: 25-Sep-2007
II.1.
II.1. Por memorando de 14 de octubre de 2002, la Gerente Nacional de Recursos Humanos del SIN designó a Juan Marcos Gerl Pardo -ahora recurrente- como Jefe del Departamento Distrital IV en el Departamento Jurídico y de Cobranzas Coactiva dependiente de la Gerencia Distrital de El Alto del SIN (fs. 2), por Certificado de registro de funcionario de carrera de 2 de febrero de 2005, se reconoció que el ahora recurrente es funcionario de carrera con número 2829-IC-1204, consignado en el Sistema de Registro del Funcionario de Carrera de la Superintendencia del Servicio Civil (fs. 3).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- según la gravedad de la falta
- Destitución
- destitución por proceso”
- III.3.
- al haberse demostrado que dicho funcionario transgredió la prohibición establecida en el inciso t) del art. 13 del Reglamento Interno
- APRUEBA