Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2007-R
Fecha: 27-Sep-2007
II.2.
II.2. A fs. 13 y vta. cursa una liquidación de pensiones practicada el 13 de noviembre de 2006, estableciendo que el obligado ahora representado por el recurrente, Roberto Joaquín Xavier Paz Soldán Unzueta adeuda la suma de $us9600.- A fs. 14 cursa una notificación con la referida liquidación en la persona del recurrente Jhon Frido Arispe de la Barra, efectuada el 20 de noviembre de 2006.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en la medida en que el acto considerado ilegal, ha lesionado la libertad física o de locomoción de la parte recurrente,
- III.2.
- es inexcusable
- APROBAR