Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2007-R
Fecha: 27-Sep-2007
II.8.
II.8. En mérito a que la demandante Cinthya Patricia Somoza Grané por escrito presentado el de 30 de abril de 2007, solicitó nueva liquidación (fs. 30 y vta.) y practicada la misma adeudando el obligado la suma de $us12 800.-(doce mil ochocientos dólares estadounidenses) (fs. 31), la autoridad jurisdiccional emitió el decreto de 11 de mayo del presente disponiendo pague el monto a tercero día bajo conminatoria de ley (fs. 31 vta.), habiendo sido notificado el actor en su domicilio procesal en 17 de mayo, a horas 17:35 (fs. 32).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en la medida en que el acto considerado ilegal, ha lesionado la libertad física o de locomoción de la parte recurrente,
- III.2.
- es inexcusable
- APROBAR