Sentencia: 1020/2010-R de 23 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1020/2010-R de 23 de agosto

Fecha: 19-Oct-2010

oportuna y efectiva

Esta conclusión, por otra parte, es refrendada por el contenido del derecho de acceso a la justicia previsto en el art. 115 de la CPE,  pues la norma constitucional establece que la protección de los jueces y tribunales respecto a sus derechos e intereses legítimos, debe ser oportuna y efectiva; de ahí, precisamente, la necesidad de orientar la labor del juzgador mediante principios que posibiliten la protección del derecho de manera efectiva, sin que las exigencias formales impidan su protección oportuna y efectiva; pues, no debe de olvidarse que uno de las finalidades de la justicia constitucional es precautelar el respeto y la vigencia de derechos y garantías constitucionales”.

Por los argumentos señalados, el Magistrado que suscribe considera que debió otorgarse la tutela, sentando un precedente de interpretación favorable del art. 197 de la LEPS, con la aclaración que no obstante ser una problemática vinculada a la libertad física o personal, correspondía su análisis aplicando el principio de prevalencia del derecho sustancial respecto al formal.