Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1470/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.4.
II.4. Los recurrentes en la vía ordinaria, mediante memorial presentado el 15 de mayo de 2007, demandaron la nulidad de contrato, argumentando la existencia de error esencial sobre su naturaleza, demandando la nulidad del mismo, radicándose en el Juzgado Onceavo de Partido en lo Civil y Comercial, admitida el 25 del mismo mes y año (fs. 95 a 100).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Auto de 8 de septiembre de 2007
- 16 de junio de 2007
- Fragmento 4
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 8
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 18
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- "accionante"
- III.3.
- Fragmento 22
- III.4.
- peligro de ocasionarse un daño grave e irreparable,
- pueda ocasionarse en caso de no operar la tutela constitucional de manera inmediata, no siendo suficiente invocar la aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad, simplemente describiendo hechos que en criterio del accionante puedan ocasionar daños graves e irreparables"
- III.5. El caso de autos
- Es así que por Auto de 12 de septiembre de 2007
- denegado
- APROBAR