SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1474/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1474/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

III.4.2.

III.4.2. En ese orden, corresponde señalar que la accionante fue procesada por la supuesta comisión de la falta grave tipificada por el art. 82 inc. e) del Reglamento Específico de Administración de Personal, habiendo impugnado la accionante la Resolución Final de primera instancia emitida por el Tribunal Sumariante; resolviéndose en segunda instancia la suspensión de sus funciones por tres meses sin goce de haberes, a través de la Resolución 116/2004 de 4 de mayo; que según criterio de la accionante no fue notificada conforme a lo estipulado por el art. 62 del RPDPJ, vale decir, que según la accionante “no se le notificó personalmente, por cédula en su oficina o despacho del funcionario mediante fax”.