SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2010-R

Fecha: 06-Oct-2010

Fragmento 28

         En el presente caso, el accionante indica que dentro de la querella interpuesta contra su defendido, ante la objeción de la admisibilidad de la querella que en forma inicial fue admitida y confirmada en apelación; posteriormente, ésta fue rechazada mediante Resolución de 27 de marzo del citado año, con el argumento que el querellante habría subsanado las observaciones realizadas, interponiéndose recurso de apelación que fue declarado improcedente por los Vocales demandados, a través del Auto de Vista de 6 de junio de ese año, determinando que correspondía continuar con el procedimiento al haberse subsanado la querella, manifestando que el Juez codemandado actuó correctamente, dando cabal aplicación al art. 291 del CPP; pidiendo el accionante, que considerado el presente recurso de amparo, se declare la nulidad de ambas Resoluciones, ordenando se dicte una nueva en la cual se determine que el querellante no subsanó la querella, con todos los efectos legales consiguientes.