SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1493/2010-R

Fecha: 06-Oct-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó el tenor íntegro de la demanda de amparo planteada; indicando no ser evidente que se habría incumplido con el principio de inmediatez, por cuanto si bien la complementación fue formulada por Jorge Percy Boland España, el Auto que la resolvió fue notificada a todos los imputados, incluyendo a su representado, el 15 de junio de 2007, fecha desde la que se computa el plazo de seis meses para la interposición de la presente acción tutelar; no siendo cierto tampoco que se habría incumplido el principio de subsidiariedad.

Con el derecho a la réplica, expresó que no se puede rechazar in límine un recurso que ya fue admitido, resultando un “absoluto y total contrasentido” pedir aquello; agregando que el auto que resuelve el recurso de complementación es el que marca el inicio para poder plantear el recurso de amparo constitucional.