Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 17 de septiembre de 2007, fueron contratados por los miembros de la Directiva de COTEOR Ltda., para prestar servicios laborales en las áreas de medicina general, odontología, enfermería y farmacia a favor de los socios de aquella institución. El 9 de noviembre de ese año, de manera intempestiva, prepotente y abusiva fueron echados de la institución, precintando las instalaciones, sin darles derecho a la defensa o a conocer los motivos de esta acción ilegal, decisión asumida por el recurrido, como Interventor de COTEOR Ltda., generando la ruptura unilateral de sus relaciones laborales.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- III.4. Análisis de la problemática planteada con relación al principio de subsidiariedad
- III.5. Derecho de petición.-
- III.6. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- APROBAR