SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
recurso
En revisión la Resolución 01/2007 de 12 de enero, cursante de fs. 82 a 85 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Luís Fernando Alejandro Peró Diez Canseco, en representación de la empresa unipersonal de “Operaciones Metalúrgicas” contra Ezequiel Colque Salazar y Ninoschka Liendo de Baya, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de la empresa a la que representa a formular peticiones, a la “seguridad jurídica”, a una remuneración justa, citando al efecto el previstos en los art. 7 inc. h) y j) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la condenación en costas y honorarios profesionales en procesos judiciales y administrativos en los que sea parte el Estado
- el accionante tacha de ilegal y lesivo a sus derechos fundamentales invocados, el Auto de Vista 283/2006,
- III.3.1.
- III.3.2.Sobre el recurso de reposición con alternativa de apelación
- POR TANTO
- 2º