Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
recurso
En revisión la Resolución 46/2007 de 13 de septiembre, cursante de fs. 149 a 153, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Mario Félix Burgos Rendón y Lucio Benito de Alencar Viricochea contra Ada Luz Fernández de Bass Werner, Jueza Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos a la defensa, a la petición, a la seguridad jurídica y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h), y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 19
- SC 0150/2010-R
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3. Análisis del caso de autos
- 10 de marzo de 2005
- el 3 de enero de 2007
- se constata que los accionantes al momento de interponer el recurso no agotaron los recursos ordinarios que la ley prevé, para que el Tribunal superior se pronuncie por la procedencia o no de acuerdo a los datos del proceso
- REVOCAR