SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1566/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
En cuanto a la supuesta actuación sin competencia
El accionante también señala que la Autoridad Sumariante demandada no tenía facultades para ampliar el Auto inicial por hechos o actos no contemplados en la ilegal Resolución de Directorio 19/07, resaltando la usurpación y arrogación de funciones en que incurrió dicha Sumariante, quien además siendo funcionaria de la Alcaldía Municipal, no era la autoridad legal competente para procesarle, “por lo que todos sus actos desarrollados dentro del proceso interno son nulos, de conformidad a lo establecido por el art. 31 de la CPEabrg” (sic). Consecuentemente, en la problemática objeto de la presente acción se plantea una controversia de carácter competencial.
Jurisprudencia que resulta plenamente aplicable al caso que se analiza, por cuanto la supuesta falta de competencia y usurpación de funciones, no se puede esgrimir a través de la presente acción tutelar, como se tiene ya anotado, existiendo para ello un recurso constitucional específico como es el recurso directo de nulidad.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 2)
- 3)
- Fragmento 8
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- III.3. Análisis del caso concreto
- En cuanto a las supuestas irregularidades en el proceso ante la autoridad sumariante
- En cuanto a la supuesta actuación sin competencia
- Fragmento 23
- APROBAR