SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1566/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1566/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

En cuanto a las supuestas irregularidades en el proceso ante la autoridad sumariante

  De los antecedentes que informan el proceso, se tiene  que el ahora accionante interpuso el recurso de amparo, sin aguardar a que la Autoridad Sumariante dicte Resolución final, fallo que se dictó recién siete días después, de manera que al momento de la interposición de la presente acción extraordinaria, el proceso administrativo hoy impugnado, aún no había sido resuelto,  encontrándose en trámite, es decir que el demandante se apresuró al interponer la acción de amparo, cuando lo que correspondía en derecho era aguardar a que la Sumariante dicte la respectiva resolución, y en el caso de considerar la misma atentaba contra sus derechos e intereses, podía hacer uso de los medios ordinarios de impugnación, como son el recurso de revocatoria y el jerárquico, lo que sin embargo, no ocurrió. Por consiguiente, en este caso concreto, la demanda no se adecua a lo dispuesto por el art. 129 de la CPE, correspondiendo declarar su improcedencia por subsidiariedad, resultando aplicable la jurisprudencia glosada anteriormente.