SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1566/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, manifiesta que a pesar de ser funcionario institucionalizado de SEMAPA fue destituido de sus funciones de Gerente General, en virtud a la Resolución de Directorio 19/07 de 9 de octubre y por hechos de responsabilidad exclusiva de anteriores funcionarios, la que además fue suplantada porque la verdadera Resolución 19/07 trata otro tema, sometiéndolo a proceso administrativo interno estableciendo al efecto un tribunal especial vulnerando el art. 14 de la CPEabrg., puesto que la Sumariante ahora co-demandada actuó sin competencia para procesarlo, usurpando funciones, ya que como Gerente General de SEMAPA y de acuerdo a la Ley de Municipalidades, cualquier instrucción de fiscalización debía ser autorizada por medio de una Resolución del Concejo Municipal, situación admitida por la demandada en el informe 1318/07 por el que declinó competencia; sin embargo, a pesar de ello se emitió el Auto de apertura del proceso y se le sancionó, situación que fue ratificada por el Concejo Municipal de la ciudad de de Cochabamba. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión, si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 2)
- 3)
- Fragmento 8
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- III.3. Análisis del caso concreto
- En cuanto a las supuestas irregularidades en el proceso ante la autoridad sumariante
- En cuanto a la supuesta actuación sin competencia
- Fragmento 23
- APROBAR