SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1616/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1616/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

Fragmento 18

         La SC 0558/2010-R de 19 de julio, al respecto precisa: “La SC 0111/2010-R de 10 de mayo, señala que:´En efecto, si se considera que la legitimación pasiva dentro de un recurso de amparo constitucional, es entendida como la: <<calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción' (SC 0691/2001-R de 9 de julio)…”; estableciéndose que, para que el recurso sea admitido, es imprescindible que sea dirigido contra la persona o personas que cometieron el acto ilegal o la omisión indebida, entendimiento asumido también por la SC 0142/2010-R de 17 de mayo.