SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1639/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1639/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

ambos principios, el de legalidad y de la seguridad jurídica

Toda vez que la problemática del caso de autos, gira en torno al desconocimiento de la norma jurídica que deviene en vulneración de derechos fundamentales, resulta preciso referirnos a los principios de seguridad jurídica y de legalidad; al respecto este Tribunal señaló que: “Este principio de legalidad, es cimiento de la seguridad jurídica, por ello su importancia; debemos señalar que ambos principios, el de legalidad y de la seguridad jurídica se encuentran inmersos en el contenido del art. 228 de la CPEabrg, que a la letra indica: 'La Constitución Política del Estado es la Ley Suprema del ordenamiento jurídico nacional. Los Tribunales, Jueces y autoridades la aplicarán con preferencia a las leyes, y éstas con preferencia a cualesquiera otras resoluciones'. Asimismo, su asidero constitucional, se encuentra en el art. 410 de la CPE, que refrendan la supremacía constitucional como la cúspide del ordenamiento jurídico boliviano y la jerarquía normativa correspondiente, a la cual todos los Órganos o Poderes del Estado deben someterse.