SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1659/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1659/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III.3.1.

           Por lo referido, se advierte que el accionante argumenta erróneamente que en el ámbito municipal, el plazo para la interposición del recurso jerárquico sería de diez días en virtud del art. 66.II de la LPA, dado que conforme se tiene establecido, la Ley de Procedimiento Administrativo tiene carácter supletorio únicamente frente a eventuales vacíos que pudiesen existir en la Ley de Municipalidades, por lo que los recursos de revocatoria y jerárquico, al tener sus propios plazos establecidos en la Ley de Municipalidades, son aplicables tratándose de actos de la administración municipal, siendo por ello pertinente en cuanto al recurso jerárquico, el art. 141 de la LM, que regula el plazo de cinco días desde la notificación con la Resolución impugnada para su interposición.