SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1664/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1664/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

concediendo

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 12 de 7 de marzo de 2008, cursante de fs. 88 vta. a 89, concediendo la tutela impetrada, dejando sin efecto legal alguno, el Auto de 15 de diciembre de 2007, que concedió indebidamente el recurso de casación, y a su vez, la providencia de 23 de enero de 2008, que negó el recurso de reposición sobre dicha concesión, sin costas ni responsabilidad para las autoridades recurridas; con el fundamento de que los arts. 210 del CPT y 262 del CPC, determinan respectivamente, que el recurso de casación o nulidad se interpondrá en el término fatal de ocho días, de momento a momento, y que el tribunal que conoce y dicta un auto de vista deberá rechazar el recurso, si éste fuera formulado fuera del término legal establecido por ley; evidenciándose en el presente caso que, el término legal de ocho días, que corre de momento a momento, vencía efectivamente el 9 de noviembre de 2007, a horas 8:10, no a horas 11:37 como sucedió, estando plenamente comprobado y documentalmente probado que el recurso se presentó en forma extemporánea y que el Tribunal de apelación lo concedió indebidamente, ratificando dicha determinación, en inobservancia del art. 90 del CPC y demás normas legales.