SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1669/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1669/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, alega que producida la renuncia "irrevocable" de la Concejala titular, solicitó su posesión en su condición de Concejal suplente ante el Juzgado de Partido de Tarata, la que una vez realizada y puesta en conocimiento de los Concejales a quienes solicitó su inmediata habilitación; sin embargo, el Presidente del Concejo, Benjamín Zurita Meneces, le negó su solicitud bajo el argumento de existir renuncia tácita a su cargo al haber trabajado como funcionario público del Municipio en las gestiones 2005 a 2007, mediante una simple nota y no a través de una resolución municipal que era lo que correspondía. Su solicitud fue reiterada; a pesar de ello, no obtuvo respuesta, por lo que con los hechos expuestos alega la vulneración de sus derechos, a la "seguridad jurídica", al trabajo y a la petición. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.