Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. Por Auto Supremo 24 de 28 de marzo de 2007, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declaró rebelde entre otros a José Carlos Sánchez Berzaín, por su incomparecencia al proceso pese a tener conocimiento del mismo, así como por la imposibilidad de ejecución del mandamiento de aprehensión emitido en su contra y designó defensor de oficio a Nelson Quinteros Salamanca, hoy recurrente (fs. 1 a 6), quien fue notificado personalmente el 30 de marzo de 2007 (fs. 204). El referido Auto Supremo fue publicado mediante edicto el 27 de abril de 2007 (fs. 150).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- a) Principio de especificidad o legalidad
- c) Principio de trascendencia
- d) Principio de convalidación o ratificación,
- citación
- III.4. Análisis del caso de autos
- el defendido del accionante tiene pleno conocimiento del juicio de responsabilidades que se le sigue en su contra,
- APROBAR