SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1749/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1749/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, alega que los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, a la propiedad privada individual y colectiva, al trabajo y al comercio fueron vulnerados por los miembros de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del distrito Judicial de Cochabamba al resolver el recurso de apelación incidental, a través de Auto de Vista de 6 de septiembre de 2007, que interpuso contra la Resolución que mantenía el decomiso del vehículo con placa de circulación 1447-PXK, impuesto como medida cautelar de carácter real al imputado Edgar Chura Ramos, confirmándola; a pesar de haber demostrado su derecho propietario sobre el, motorizado mediante el RUAT, documento probatorio suficiente, e incorrectamente valorado por las autoridades recurridas, en contraposición a lo dispuesto por el Código de Tránsito y DS 24604. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del mandante del recurrente a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.

El recurrente, alega que los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, a la propiedad privada individual y colectiva, al trabajo y al comercio fueron vulnerados por los miembros de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del distrito Judicial de Cochabamba al resolver el recurso de apelación incidental, a través de Auto de Vista de 6 de septiembre de 2007, que interpuso contra la Resolución que mantenía el decomiso del vehículo con placa de circulación 1447-PXK, impuesto como medida cautelar de carácter real al imputado Edgar Chura Ramos, confirmándola; a pesar de haber demostrado su derecho propietario sobre el, motorizado mediante el RUAT, documento probatorio suficiente, e incorrectamente valorado por las autoridades recurridas, en contraposición a lo dispuesto por el Código de Tránsito y DS 24604. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del mandante del recurrente a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.