SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1766/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. Por escrito presentado el 28 de marzo de 2007, ante el Abogado Investigador de la URD, Melquiades Zelaya y Florentino Revollo Cabrera, ampliaron la denuncia contra el referido Juez, por: 1) Excusarse del conocimiento de la causa, el 7 de marzo de 2007 y remitir antecedentes recién el 23 del mismo mes y año; 2) Haber consumido bebidas alcohólicas con la parte contraria en el intermedio de la audiencia (cerveza y chicha); y 3) Haber señalado audiencia de inspección judicial para el 31 de julio de 2006, a la que no se hicieron presentes la parte demandante ni el personal del Juzgado, porque el Juez señaló otra audiencia para el mismo día (fs. 5 a 6 vta.). Ampliación que admitió el Abogado Investigador mediante Auto AI-URD-CH 80/07 (fs. 7).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Denegatoria de la acción de amparo constitucional por actos libre y expresamente consentidos
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR