SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1766/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 96/2008 del 8 de abril, cursante de fs. 116 a 119, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Mariano Parra Ramírez contra José Luis Dabdoub López, Rodolfo Mérida Rendón, María Teresa Rivero de Cusicanqui y Guido Chávez Méndez, Consejeros de la Judicatura; y, Julio Arias Soto, Carmen Villarroel y Luis Fernando Paz Quiroga, Tribunal Sumariante, alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la “seguridad jurídica”, citando al efecto el art. 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Denegatoria de la acción de amparo constitucional por actos libre y expresamente consentidos
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR