SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1834/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1834/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.7.

II.7.  Por Auto de Vista de 8 de abril de 2008, el Juez de alzada, hoy correcurrido, confirmó totalmente el Auto impugnado (fs. 58 y vta.) notificándose al recurrente, el 10 de abril de 2008, en aplicación del art. "137" del CPC, en presencia de testigo (fs. 59). El expediente se devolvió al Juez de origen, el 11 de abril de 2008 (fs. 60), constando decreto de 10 de abril de 2008, por el que el Juez de Instrucción en lo civil ordena el "cúmplase", haciendo saber al recurrente que el plazo de diez días ya estaba corriendo a partir de la fecha de notificación con el Auto de Vista, el que una vez fenecido debería desocupar los ambientes, bajo conminatoria de lanzamiento en caso de negativa, actuación notificada, con la intervención de testigo, ante su renuencia a firmar, el 14 de abril de 2008 (fs. 61).