SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1924/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1924/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

a)

El abogado del recurrente ratificó el recurso y agregó lo siguiente: a) La consulta realizada por la Jueza de Instrucción ante la Corte Superior no está dispuesta por ley; b) Tampoco se encuentra dentro de las atribuciones del Presidente de la Corte Superior el absolver consultas sobre la competencia de un Juez inferior, por lo que es un acto ilegal; y, c) Jamás solicitó la apertura de término de prueba, sino que los documentos adjuntos fueran tomados en cuenta, conforme a los arts. 145 y 248 del Código Civil (CC) que refiere que las apelaciones en el efecto suspensivo se tramitaran en la forma prevista en el artículo anterior.