SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2040/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.1.
II.1. Sam Laurence Hayden Ibañez en representación de José Fernando Gamio Cortez interpone querella criminal contra Gastón Eduardo Mendoza Vega por la comisión de los delitos previstos por los art. 351 y 353 del Código Penal mediante memorial de 22 de enero de 1996, proceso que se desarrolla en base al procedimiento previsto por el Código de Procedimiento Penal de 1972; por Auto de 8 mayo de 2001, el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, rechaza la cuestión previa de prescripción presentada por el imputado, resolución confirmada por Auto de 19 de noviembre de 2001 y el 24 de agosto de 2002 pronuncia sentencia declarando al procesado autor del delito de despojo y perturbación de posesión, condenándole a dos años y seis meses de reclusión, pago de costas y resarcimiento de daños a la parte civil y costas a favor del Estado (fs. 145 a 150 y 296 a 300).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- : 1)
- i)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Sobre la prescripción de la acción penal
- es posible interponer esta excepción en cualquier momento del proceso,
- III.5. De los delitos de despojo, perturbación de posesión y daño simple
- El caso analizado
- desde la media noche del día en que se cometió el delito
- conforme las normas del actual Código Procedimiento Penal,
- APROBAR