SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2040/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.8.
II.8. Gastón Eduardo Mendoza Vega en audiencia pública de 4 y 5 de septiembre de 2006 interpuso excepciones de prejudicialidad, falta de acción y extinción de la acción penal por prescripción, la que fue resuelta por el Juez recurrido por Auto pronunciado en la misma audiencia, declarando probada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, declarando extinguida la acción penal privada, disponiendo el archivo de obrados, resolución que apelada, fue resuelta por los Vocales recurridos mediante Auto de Vista de 22 de marzo de 2007, declarando improcedente el recurso de apelación incidental interpuesta por la representante de los acusadores particulares y confirmando el auto apelado y su complementario de 5 de septiembre de 2006 (fs. 174 a 188 y 218 a 238).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- : 1)
- i)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Sobre la prescripción de la acción penal
- es posible interponer esta excepción en cualquier momento del proceso,
- III.5. De los delitos de despojo, perturbación de posesión y daño simple
- El caso analizado
- desde la media noche del día en que se cometió el delito
- conforme las normas del actual Código Procedimiento Penal,
- APROBAR