Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2083/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.9.
II.9. Mediante oficio 225/2008 de 9 de junio, el Director de Recursos Humanos da a conocer al recurrente que de acuerdo a la Resolución 88/08 de 27 de mayo (fs. 124 a 125), se dejó sin efecto su designación como docente interino en las asignaturas de legislación ambiental y economía agropecuaria, motivo por el cual deberá pasar por oficinas de la Universidad a objeto de que se efectivice el pago de sus beneficios sociales (fs. 58).
- recurso de amparo constitucional, hoy acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1.
- 1)
- concedió la tutela,
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 20
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- debe buscar una protección inmediata por vía del amparo una vez agotados los medios adecuados en la vía ordinaria o en sede administrativa.
- III.3.
- III.4. Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- conceder en parte la tutela
- REVOCAR