SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2092/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.4.
II.4. El Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz, mediante Resolución Administrativa Nº 064/07 de 27 de julio de 2007, dicta Resolución de Sanción en mérito al art. 123 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional, en contra de Germán Goyo Villanueva Sánchez por la comisión de la falta disciplinaria prevista en el art. 6 inc. “B” num. 9) del mencionado Reglamento, sancionándolo con pase a la situación de disponibilidad de la letra “B” de un año, con pérdida de antigüedad. (fs. 10 a 13). Resolución que fue notificada al recurrente el 27 de julio de 2007, junto con el Auto Motivado que declaró improbados los incidentes planteados y dictado en la misma fecha (fs. 13 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 16
- III.2. El recuso de amparo constitucional -ahora acción de amparo- no es una instancia casacional y está regida por el principio de subsidiariedad.-
- III.3.
- no consta en obrados que éste en su debido momento hubiese impugnado el Auto Motivado a través del cual se rechazaron los incidentes planteados de prescripción, falta de acción e incompetencia, que ahora son impugnadas a través de la presente acción de amparo constitucional
- denegado
- APROBAR