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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2092/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2092/2010-R

    Fecha: 10-Nov-2010

    II.5.

    II.5.  El recurrente por memorial de 31 de julio de 2007 (fs. 14 a 20 y vta.) interpone recurso de apelación impugnando solamente la Resolución Administrativa 064/07 de 27 de julio de 2007 solicitando la anulación de la misma; y no así del Auto Motivado de la misma fecha, referido a los incidentes rechazados; posteriormente, el 27 de septiembre de 2007, impugna el Requerimiento Fiscal a través del cual se confirma la Resolución 064/2007 de 27 de julio (fs. 24 a 28).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante'
    • Fragmento 16
    • III.2. El recuso de amparo constitucional -ahora acción de amparo- no es una instancia casacional y está regida por el principio de subsidiariedad.-
    • III.3.
    • no consta en obrados que éste en su debido momento hubiese impugnado el Auto Motivado a través del cual se rechazaron los incidentes planteados de prescripción, falta de acción e incompetencia, que ahora son impugnadas a través de la presente acción de amparo constitucional
    • denegado
    • APROBAR

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