SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2236/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2236/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.3.

La SC 1017/2010-R de 23 de agosto, al respecto señaló: …”La jurisdicción constitucional, bajo ningún concepto puede utilizarse como mecanismo de protección paralelo a los medios de defensa, judiciales o administrativos, que la Ley dispensa a los intervinientes de un proceso que fueron utilizados por éstos. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, tanto en la Constitución Política del Estado abrogada como en la vigente, es esencialmente subsidiaria en la protección de los derechos y garantías constitucionales. El art. 129.I de la CPE, se refiere a la acción de amparo constitucional, indicando que se interpondrá …siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.