SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2251/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 01/08 de 30 de agosto de 2008, cursante de fs. 247 a 249, pronunciada por el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de Villa Vaca Guzmán, provincia Luis Calvo, del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Yaneth Salazar Palaguerra, Concejal Suplente del Gobierno Municipal de Villa Vaca Guzmán del departamento de Chuquisaca contra Omar Ibarra Herrera, Presidente del mismo Concejo Municipal, alegando la vulneración de sus derechos de petición, al debido proceso y al trabajo, citando al efecto el art. 7 incs. d) y h) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.4. El caso analizado
- APROBAR